Factibilidad de fuente
1. Factibilidad de fuente de agua emitida por prestador de servicio:
a. Factibilidad técnica emitida el prestador del servicio.
b. Análisis y declaración de caudal diario comprometido emitido por prestador del servicio.
c. Descripción del sistema y fuentes de donde se extrae el agua. Declaración de caudal diario disponible, emitida por el prestador del servicio.
d. Análisis, físico-químico-microbiológico con antigüedad menor a 6 meses.
2. Permiso Precario de explotación de captación de agua, otorgado por la Administración Provincial de Recursos Hídricos.
Factibilidad de vertido de efluentes (Decreto 847/2016)
1. Declaración jurada: El Representante Técnico del establecimiento debe ingresar la información legal y técnica del establecimiento que solicita el sistema Web, la cual tiene carácter de (DDJJ).
2. Documentación Administrativa En caso de encontrarse dentro de un ejido urbano, certificado de no factibilidad de conexión a red cloacal otorgada por el prestador del servicio o municipio/comuna en caso de no contar con servicio.
3. Documentación Técnica
– Memoria descriptiva y de cálculo del sistema de tratamiento y disposición final a implementar. Incluir metodología de remoción, tratamiento y disposición de los sólidos del efluente.
– Plano de proyecto del establecimiento indicando instalaciones sanitarias internas, distancias de cada unidad de tratamiento y disposición final de efluentes a pozos de captación, edificaciones, límites de propiedad, demás elementos y detalle de los puntos generadores de efluentes.
– Planos de detalle en planta y corte de cada unidad de tratamiento y disposición final de efluentes, incluyendo en todos los casos cámara de muestreo y aforo.
– Estudio de cuerpo receptor de acuerdo a la disposición final de los efluentes.
Factibilidad de escorrentía superficial
1. Memoria Descriptiva: detalle del esquema del escurrimiento con descripción de los puntos de salida y enumeración de las obras proyectadas a ejecutar.
2. Memoria de Cálculo: informe detallado del estudio hidrológico-hidráulico desarrollado, describiendo el sentido de los escurrimientos naturales en situación inicial y con las eventuales modificaciones de los mismos en situación final.
Detallar el diseño de las obras de regulación propuestas, su ubicación específica y dentro del esquema hidrológico, características de funcionamiento y estructuras de ingreso y salida.
Ningún proyecto puede transferir su impacto a otro punto de la cuenca a la que pertenece, por lo que los incrementos de caudales deberán amortiguarse dentro del emprendimiento (se consideran como obras hidráulicas a todas las definidas por Ley Nº 5589/73 – Código de Aguas de la Provincia de Córdoba: Art. 206 del Libro VI – OBRAS HIDRÁULICAS. Se incluyen en esta definición: canales, cordones cuneta, lagunas de retardo, albardones, alcantarillas, sumideros, conductos subterráneos de evacuación, entre otros).
3. Cómputo y Presupuesto.
4. Pliego Particular de Especificaciones Técnicas: deberá incluir todos los ítems correspondientes a las obras proyectadas, y su enumeración y unidades de cómputo se deberán corresponder con la del Cómputo y Presupuesto.
5. Planos: como mínimo se deberán incluir los siguientes planos:
– Plano general de ubicación.
– Plano esquemático de macro-drenaje (detallando todas las cuencas de aporte, externas e internas y su nomenclatura coincidente con la especificada en la Memoria de Cálculo).
– Plano esquemático de micro-drenaje (en escenario natural y escenario urbanizado, detallando los sentidos de escurrimiento hacia el emisario final y eventualmente la ubicación de las obras de retardo proyectadas).
– Planos generales y de detalle de las obras proyectadas para la gestión de excedentes (obras de retardo y sus estructuras de ingreso y salida de caudales, en planta y cortes).





